¿Vives una situación de LGTBI-fobia? Mapa de recursos del Govern de les Illes Balears El Govern les Illes Balears ha publicado un mapa de recursos LGTBI+. Vives una situación de LGTBI-fobia? Si por el hecho de ser lesbiana, gay, trans, bisexual, o intersexual sufres: • Situaciones de violencia verbal • Expresiones vejatorias • Acciones de aislamiento, rechazo o desprecio público, notorio y explícito • Exclusión • Discriminación o acoso en el ámbito laboral • Limitación de acceso a espacios públicos o privados • Discriminación o acoso en el ámbito escolar Si detectas acciones de discriminación: • Simbología LGBTI-fóbica • Mensajes intimidatorios en las redes sociales • Expresiones discriminatorias en el ámbito social, comunicativo … • Cualquier tipo de agresión, insulto, amenaza, chantaje, incitación a la violencia o la discriminación La Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de Lesbianas, Gays, Trans, Bisexuales e Intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia, te ampara y prevé sanciones para las personas que llevan a cabo estas acciones discriminatorias. Esta ley sólo contempla las infracciones que no incurren con la vía civil o penal, es decir, todas aquellas infracciones que son administrativas, ya que los delitos se recogen en el Código Penal y el proceso pasaría a ser judicial, no administrativo. Si te agreden, amenazan o causan algún daño a ti o tus pertenencias o propiedades y lo hacen por tu orientación sexual o por tu identidad o expresión de género (o porque creen que eres LGTBI aún no siéndolo), estás siendo víctima de un hecho que se considera delito y que, por esta motivación LGTBIfóbica, se califica como ‘delito de odio’. Los delitos de odio son infracciones penales. Las conductas discriminatorias por orientación sexual, identidad de género o expresión de género que tengan lugar en el ámbito del trabajo y que estén tipificadas como infracción por la legislación laboral, deben ser objeto de investigación y, en su caso, de sanción, de acuerdo con el procedimiento y la tipificación establecidos por la legislación laboral. Tienes que saber que las asociaciones de defensa de los Derechos Humanos (LGTBI, sindicatos, asociaciones de profesionales y otras organizaciones de personas consumidoras y usuarias) tienen la consideración de interesadas en los procedimientos administrativos en los que haya un pronunciamiento respecto de una situación de discriminación. Por ello, es necesaria la autorización de la persona o las personas afectadas. de la igual según las leyes procesales, las organizaciones mencionadas están legitimadas para defender los derechos y los intereses de las personas asociadas o afiliadas que así lo deseen en procesos judiciales civiles, contenciosos administrativos y sociales. Consulta el mapa sobre recursos LGTBI+ strong> Mapa Recursos LGTBI+