El Ayuntamiento de Eivissa abre una línea de ayudas al alquiler para personas afectadas por la crisis del COVID-19 El Ayuntamiento de Eivissa abre una línea de ayudas para el pago del alquiler destinada a las personas que se hayan visto afectadas económicamente por la crisis del COVID-19. Esta línea de ayudas está dotada con 500.000 euros y va dirigida a personas o unidades familiares con una situación de desempleo, ERTE o ERTO. Para gestionar correctamente estas ayudas, se ha habilitado una página web específica donde se pueden consultar los requisitos para acceder a la línea de ayudas al alquiler. A través de www.eivissa.es/ajudescovid, los interesados encontrarán las condiciones de las ayudas, el teléfono de contacto que es el 971 397547 y un correo electrónico donde dirigir sus peticiones al informacio.bs@eivissa.es. El alcalde de Eivissa, Rafa Ruiz, afirmó que ‘desde el Ayuntamiento de Eivissa se está haciendo un intenso trabajo para que todas estas ayudas lleguen lo más rápidamente posible a las personas y familias que lo necesitan. Se trata de una situación excepcional que nos preocupa mucho y por este motivo el Ayuntamiento está al lado de las personas poniendo todos los recursos de que dispone’. Las ayudas tendrán un importe máximo de 1.800 euros, que podrá subir hasta el 2.400 en los casos de especial vulnerabilidad, es decir, familias monoparentales legalmente reconocidas, mujeres víctimas de violencia de género, situaciones de separación legalmente reconocida sin pensión de manutención efectiva, familias numerosas, núcleos familiares con algún miembro con discapacidad igual o superior al 33% o con reconocimiento de grado de dependencia. Las ayudas serán exclusivas para personas con un empadronamiento mínimo en la ciudad de 18 meses y contrato de alquiler en vigor antes del 14 de marzo de este año. El contrato de alquiler debe estar en vigor y firmado antes del 14 de marzo, por parte de la persona solicitante y el inmueble debe ser la residencia habitual y no disponer de otros bienes inmuebles en la isla de Eivissa por parte de ningún miembro del núcleo familiar o de convivencia. La persona solicitante no puede percibir ingresos provenientes de rentas, bienes inmuebles u otras propiedades. La persona o núcleo de convivencia no puede disponer de ingresos netos superiores en los dos meses anteriores a la declaración del estado de alarma superiores a 4 veces el IPREM mensual de 2020. Por cada miembro adicional el 0,5 del IPREM mensual de 2020 más. Los beneficiarios no pueden disponer de ahorros en cuentas bancarias, fondos de inversión u otros tipos de inversiones o ahorros superiores a 2 veces el IPREM anual en 14 pagas de 2020. Otros requisitos son tener como mínimo alguno de los miembros del núcleo familiar en situación de paro, estar afectado alguno de los miembros del núcleo familiar por un ERTE, ERTO, inscritas en el SOIB. Para tramitar las ayudas a las personas autónomas, dispondrán del documento acreditativo de cese de actividad o de recibir ayudas como consecuencia de una reducción de ingresos de un 75% y disponer de cuenta bancaria a nombre del titular del contrato de alquiler o a nombre del propietario de la vivienda. Para poder atender correctamente las peticiones del Ayuntamiento de Eivissa ha contratado a cuatro personas, un jurista, dos trabajadores sociales y un administrativo, que serán las personas encargadas de evaluar las peticiones, estudiar si se cumplen los requisitos y otorgar la ayuda .