PSOE-Reinicia recurrirá la sentencia sobre los nombramientos de los cargos de confianza del Ayuntamiento de Sant Antoni El grupo PSOE-Reinicia presentará recurso ante la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que avala la contratación de los cargos de confianza de Ciudadanos y el Pi en el Ayuntamiento de Sant Antoni. El grupo progresista no comparte la resolución judicial, la cual ha establecido que la regulación autonómica no era de aplicación y no podía contradecir la ley estatal, en cuanto al procedimiento a seguir para la contratación de los asesores. PSOE-Reinicia considera que la legislación de la Comunidad Autónoma complementa, que no contradice, la legislación básica, en cuanto a los requisitos a cumplir para la contratación del personal de confianza. PSOE-Reinicia mantiene sus argumentos, y así los defenderá en la instancia judicial superior, que el Ayuntamiento de Sant Antoni realizó de forma irregular los nombramientos de Olivia del Cura (coordinadora del área de Deportes, Juventud y Transparencia) y de Lucía Ribas (coordinadora del área de Obras Públicas, Movilidad, Comercio y Plan Estratégico), ambas con dedicación a jornada completa y una retribución anual bruta de 29.554,89 euros en catorce pagas. PSOE-Reinicia mantiene que los decretos de nombramiento incumplen la Ley 3/2007, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La aprobación de las citadas plazas se realizó omitiendo el trámite de creación y aprobación de la correspondiente ficha de la Relación de los Puestos de Trabajo, requisito establecido en la citada Ley 3/2007. Así, la redacción de los apartados 1 y 2 del artículo 29 de la Ley determina que “las relaciones de puestos de trabajo son el instrumento técnico mediante el cual la administración ordena sus recursos humanos para la prestación eficaz del servicio público y establece los requisitos para la ocupación de cada puesto de trabajo”, y “todos los puestos de trabajo de la administración autonómica de personal funcionario, de personal laboral o de personal eventual deben figurar en la relación de puestos de trabajo.” La contratación de estas personas por parte del ayuntamiento tenía como único objetivo pagar, por parte de Marcos Serra, los favores políticos que le exigieron Ciudadanos y Proposta per Eivissa a cambio de su apoyo. Además, el procedimiento fue irregular, como mantiene el grupo progresista y como así defenderá en su recurso contra la sentencia emitida por el Contencioso Administrativo.